El Programa de Desarrollo Social “Mujeres con Bienestar”, tiene como propósito contribuir a elevar el ingreso económico de las mujeres de 18 a 62 años de edad que habitan en el Estado de México, que se encuentren en condición de pobreza y carencia por acceso a la seguridad social, mediante el otorgamiento de transferencias monetarias y servicios para el bienestar.
Cobertura:
El Programa podrá cubrir los 125 municipios del Estado de México, dando atención a su población objetivo, en congruencia con lo dispuesto en los artículos 6 y 12 fracción II y II bis de la Ley.
Requisitos:
Las solicitantes deberán cumplir con los criterios de selección y presentar copia y original para cotejo de los siguientes documentos comprobatorios:
a) Acta de nacimiento en original y copia;
b) Identificación oficial vigente: credencial para votar; en caso de no contar con este documento, puede presentar constancia domiciliaria expedida por la autoridad local correspondiente con vigencia no mayor a 30 días previos a la fecha de la entrega de la documentación;
c) Clave Única de Registro de Población (CURP); con vigencia no mayor a 30 días previos a la fecha de entrega de la documentación;
d) Comprobante de domicilio (luz, telefonía fija, agua, predial, cable, internet o gas) con vigencia no mayor a 6 meses previos a la fecha de entrega de la documentación. Lo anterior, en caso de que la identificación oficial no cuente con la información del domicilio;
e) Formato Único de Bienestar debidamente llenado; emitido por la instancia ejecutora el cuál será remitido al correo electrónico registrado por la solicitante durante el pre-registro; mismo que deberá contener nombre y firma de la beneficiaria;
f) Las beneficiarias de la convocatoria 2024 podrán continuar recibiendo los apoyos que brindará el programa durante el año 2025, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal del ejercicio fiscal vigente, siempre y cuando requisiten el instrumento oficial y válido, determinado por el Comité:
1. El manifiesto y/o mecanismo de permanencia en el Programa; y
g) Los demás que determine el Comité. Los datos personales recabados de las solicitantes y beneficiarias serán tratados en términos de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios, y demás normatividad en la materia.